Cómo reclamar multas de tráfico

 

reclamar-multa Muchos son los conductores que reciben sanciones y no están de acuerdo con ella. Aquí te explicamos las distintas sanciones y lo que puedes hacer para recurrir las multas.

LO QUE DEBES SABER

Infracciones: leves, graves o muy graves.
Cuándo prescriben: las leves a los tres meses y las graves y muy graves a los seis.
Cómo se recurren: con un recurso administrativo, una propuesta de resolución, o un recurso antes los tribunales.

La Ley de Tráfico fue modificada en el 2001, y con ello se distinguen tres tipos de sanciones: leves, graves y muy graves. De hecho, las leves no se especifican en la Ley, pero son todas las que no se consideran como graves, o muy graves. La multa implica 100 euros y no conlleva la pérdida de puntos.

En cuanto a las multas graves, llevan aparejada la pérdida de puntos. La sanción económica es de 200 euros. En el caso de exceso de velocidad, las multas van de 100 a 500 euros y la pérdida de puntos, hasta 6 (dependiendo de cuánto se haya sobrepasado el límite). Entre las infracciones graves más cometidas por los conductores, están superar el límite de velocidad, adelantar de forma ilegal, conducir mientras se habla por el móvil, circular sin luces, no llevar el cinturón de seguridad, o saltarse un stop o un ceda el paso.

Las infracciones muy graves, por su parte, conllevan a partir de 500 euros de multa económica y la pérdida de seis puntos del carné (en algunos casos, incluso la cárcel). Por poner ejemplos, estarían contempladas como sanciones muy graves: circular en sentido contrario, la conducción temeraria, superar el límite de alcoholemia o circular a una velocidad superior al 50% de la permitida.

Las infracciones leves prescriben a los tres meses; las graves y las muy graves, a los seis. Si ya se ha abierto el procedimiento sancionador al conductor, dicha sanción prescribirá al año (o a los cuatro años si sólo se trata de una multa económica).
Según la gravedad de las multas hay un plazo de tiempo en el que prescriben

itv multaLey de Tráfico obliga a que los agentes notifiquen la sanción en el momento, “salvo que por motivos de seguridad no convenga hacer que el coche se detenga o que pueda haber sido detectada por medios técnicos, como un radar”.

En el caso de que la multa no haya sido puesta en el acto, le pedirán que identifique al conductor; si no lo hace, le pueden poner una multa de 900 euros. El procedimiento sancionador no empieza hasta que el conductor haya quedado identificado. Por otro lado, si una multa de este tipo le es impuesta directamente y no le piden primero que identifique al conductor, podrá recurrir alegando «atribución arbitraria de responsabilidad».

Eso sí, el conductor que haya sido multado ahorrará la mitad de la multa si renuncia a hacer alegaciones y paga la sanción económica en un plazo de 15 días desde que se le ha notificado la multa, pero seguirá perdiendo los puntos. Para reclamar, dispondrá de un plazo de entre quince y veinte días.

Si no hace las alegaciones en el plazo marcado, aún tendrá un mes para interponer un recurso administrativo. Si ha pedido la realización de pruebas, la administración tendrá que enviar una carta con los resultados, y volverá a empezar un nuevo plazo para hacer alegaciones. Este procedimiento se llama «propuesta de resolución». Si después de esto la resolución sigue siendo condenatoria, se puede interponer un recurso de reposición. Es lo que se llama propiamente dicho “recurrir una multa”. Si se pierde, por lo menos el conductor tiene más tiempo para pagar la sanción.
Recurrir las multas por vía judicial puede salir caro

¿Cuánto cuesta recurrir una sanción?

Si nada de lo anterior funciona, pero el conductor que ha sido multado sigue queriendo recurrir, sólo le queda la opción de ir ante los tribunales. Así que deberá pagar las tasas judiciales, que se le devolverán si gana. Las tasas varían, según la sanción cometida:

  • – Infracción leve: 200 euros más el 0,5% de la sanción.
  • – Infracción grave sin retirada de puntos: 200 euros más el 0,5% de la sanción.
  • – Infracción grave o muy grave con retirada de puntos: 350 euros más el 0,5% de la sanción.

Fuente: Irene Mendoza.
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